Resumen: DIANA CAPITAL SGEIC, SA. Despido. Suficiencia de la carta de despido.
Resumen: El Juzgado de instancia desestima la demanda de despido de un trabajador frente a varias empresas y rechaza la existencia de cesión ilegal y de despido. La Sala analiza el recurso de suplicación del trabajador demandante, que denuncia la infracción de los arts. 3, 15 y 43 ET, 2 y 3 RD 2720/1998, 1256 CC y 14 CE. La Sala razona: a) que sigue su propia doctrina en Sentencia anteriores, rechazando la falta de litisconsorcio pasivo necesario y la falta de legitimación pasiva; b) que existe unidad del vínculo en la cadena contractual; c) en torno a la garantía de indemnidad, el panorama indiciario y el elemento cronológico, elemento que no se aprecia en el caso; d) que los contratos temporales suscritos presentan irregularidades varias; e) que concure cesión ilegal y que la irregularidad de las contrataciones temporales, mediante la atención de una necesidad permanente y ordinaria de la empresa por medio de ETTs y empresas usuarias, lleva consigo el que la cesión ilegal afecte a la ETT, en cuanto que es la autora de las contrataciones fraudulentas, debiendo condenarse también solidariamente a las entidades usuarias. Se estima el recurso, se revoca la Sentencia de la instancia, se declara la existencia de cesión ilegal y la improcedencia del despido impugnado, con las consecuencias legales inherentes a dicha declaración.